La SCJN desestima los amparos de Bimbo, por lo que ‘Osito’ Bimbo no volverá a aparecer.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha desestimado recientemente los amparos en revisión 614/2023 de la empresa Bimbo y otras compañías de alimentos considerados “chatarra”, así como el amparo 272/2024 de la empresa Bebiendo. Ambos casos están relacionados con las regulaciones que limitan el uso de personajes y otros elementos de marketing en productos que llevan sellos o leyendas de advertencia.
La organización El Poder del Consumidor ha señalado que el caso de Bimbo busca combatir la restricción del uso de personajes y otros elementos distintivos en las etiquetas y empaques de productos que contienen advertencias sobre su contenido. Por su parte, el caso de Bebiendo se centra en impugnar el uso de estos recursos publicitarios en diversos medios, incluyendo cine, radio, televisión e internet.
En un comunicado, El Poder del Consumidor destacó que ambas empresas habían solicitado previamente el desistimiento de sus juicios ante la Segunda Sala, argumentando que estas acciones buscan entorpecer la implementación de políticas de salud pública. Según la organización, las empresas se desisten de los juicios cuando los proyectos de sentencia no son favorables a sus intereses.
Los proyectos de sentencia para ambos casos proponían negar el amparo, reconociendo la validez de las regulaciones como una medida de protección a los derechos de la ciudadanía, especialmente de la niñez y adolescencia. Durante la sesión, la Segunda Sala de la SCJN, por unanimidad de cinco votos, aceptó el desistimiento en el caso de Bebiendo, lo que concluyó el asunto y confirmó la aplicación de la sentencia de primera instancia. En esta sentencia, el Juzgado de Distrito había determinado que la empresa no logró demostrar que el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad le causaba algún perjuicio significativo.
En el caso de Bimbo, la Sala también aceptó el desistimiento de Corporativo Bimbo, Grupo Bimbo, Bimbo y Tradición en pastelerías. Sin embargo, la empresa Productos Ricolino no se sumó al desistimiento, por lo que la Corte decidió enviar el caso de vuelta al Noveno Tribunal Colegiado en materia administrativa de la Ciudad de México. Este tribunal estará encargado de resolver la situación, con el magistrado presidente Sergio Urzúa Hernández y la magistrada Carolina Isabel Alcalá Valenzuela liderando el proceso, junto con un secretario en funciones de magistrado.
El Poder del Consumidor ha solicitado a los miembros del Noveno Tribunal Colegiado que prioricen la protección de los derechos de la población en general, y especialmente de niños, niñas y adolescentes, por encima de los intereses económicos de la industria de alimentos ultraprocesados, bebidas azucaradas y de medios de comunicación.
Este fallo de la SCJN representa un avance significativo en la lucha por la salud pública en México, donde el consumo de alimentos ultraprocesados ha sido un tema de creciente preocupación. Las regulaciones que limitan el uso de personajes y elementos de marketing en productos con advertencias buscan reducir la influencia de la publicidad en los hábitos alimenticios de los más jóvenes, quienes son particularmente vulnerables a las estrategias de marketing agresivas.
La decisión de la Corte también refleja un compromiso con la protección de los derechos de los consumidores y la promoción de una alimentación más saludable. En un país donde la obesidad y las enfermedades relacionadas con la alimentación son problemas de salud pública alarmantes, estas regulaciones son vistas como una medida necesaria para fomentar hábitos alimenticios más responsables y conscientes.
El papel de la SCJN en este contexto es crucial, ya que sus decisiones pueden sentar precedentes que afecten la manera en que las empresas de alimentos operan y comercializan sus productos. Al desestimar los amparos de Bimbo y Bebiendo, la Corte está enviando un mensaje claro sobre la importancia de priorizar la salud pública sobre los intereses comerciales.
La lucha contra la publicidad engañosa y la promoción de productos poco saludables es un desafío constante en la actualidad. Las empresas de alimentos, en su búsqueda de maximizar ganancias, a menudo recurren a tácticas que pueden poner en riesgo la salud de los consumidores, especialmente de los más jóvenes. Por ello, es fundamental que las regulaciones se mantengan firmes y se fortalezcan para garantizar un entorno más saludable.
La respuesta de la SCJN también ha sido bien recibida por diversas organizaciones de la sociedad civil que abogan por la salud pública y la protección de los derechos de los consumidores. Estas organizaciones han estado trabajando incansablemente para crear conciencia sobre los riesgos asociados con el consumo de alimentos ultraprocesados y la necesidad de regulaciones más estrictas en la publicidad de estos productos.
En conclusión, la reciente decisión de la Segunda Sala de la SCJN de desestimar los amparos de Bimbo y Bebiendo marca un hito en la defensa de la salud pública en México. A medida que el país enfrenta una crisis de obesidad y enfermedades relacionadas, es imperativo que se sigan implementando y respetando regulaciones que protejan a los consumidores, especialmente a los más vulnerables. La lucha por un entorno alimentario más saludable continúa, y la SCJN ha demostrado su compromiso con esta causa al respaldar las políticas que buscan salvaguardar el bienestar de la población.
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